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Impuesto de Matriculación

Tipo aplicado por cada comunidad autónoma sobre el precio del vehículo sin IVA, según las emisiones de CO₂. Pago único al matricular por primera vez en España.

Cómo se calcula el IEDMT

El IEDMT es un impuesto estatal cedido a las comunidades autónomas que se paga una sola vez al matricular un vehículo por primera vez en España. La base imponible es el precio del vehículo sin IVA, y el tipo aplicado depende de las emisiones oficiales de CO₂ (ciclo WLTP) de la ficha técnica. Existen cuatro tramos: hasta 120 g/km exento, de 120 a 160 g/km al 4,75%, de 160 a 200 g/km al 9,75% y más de 200 g/km al 14,75% en régimen común. Los tramos 1, 2 y 3 son comunes, pero el tramo 4 está incrementado en Andalucía (16,9%), Cataluña, C. Valenciana y Baleares (16%), Asturias y Murcia (15,9%) y Cantabria (15%). Canarias aplica una reducción de un punto en todos los tramos positivos (REF), y Ceuta y Melilla aplican tipo 0%. Están exentos los vehículos 100% eléctricos y de hidrógeno, y los híbridos con emisiones ≤ 120 g/km. El plazo de presentación es de 60 días desde la factura, mediante el modelo 576.

IEDMT por comunidad autónoma

Preguntas frecuentes sobre el IEDMT

¿Qué es el IEDMT?

Es el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, conocido popularmente como impuesto de matriculación. Es un tributo estatal que se paga una sola vez, al matricular por primera vez en España un vehículo (y también ciertas embarcaciones y aeronaves). Está regulado en la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales y, aunque es estatal, su recaudación está cedida a las comunidades autónomas, que pueden subir el tipo del tramo más alto. No tiene nada que ver con el IVTM (el «impuesto de circulación»), que es municipal y se paga todos los años.

¿Cuándo aparece el IEDMT en mi vida real?

Casi siempre lo verás al comprar un coche nuevo: va incluido en el precio que te da el concesionario, así que mucha gente ni se entera de que lo está pagando. También aparece —y aquí sí lo notas— cuando te traes un coche de otro país y lo matriculas en España, cuando matriculas una autocaravana, una moto de cierta cilindrada, o una embarcación de recreo de más de 8 metros de eslora. En cambio, comprar un coche de segunda mano que ya estaba matriculado en España no genera IEDMT: ese impuesto ya se pagó en su día.

¿Quién tiene que pagarlo?

El sujeto pasivo es la persona o empresa a cuyo nombre se matricula el vehículo. En la compra de un coche nuevo en un concesionario, la gestión la hace el propio concesionario o su gestoría y el importe ya viene repercutido en la factura. Si te traes un vehículo del extranjero y lo matriculas por tu cuenta, el obligado a presentar y pagar el impuesto eres tú.

¿Cómo se calcula la cuota?

Sobre dos elementos: la base imponible y el tipo. La base imponible es el precio del vehículo sin IVA (en coches nuevos) o el valor de mercado (en usados importados). El tipo depende de las emisiones oficiales de CO₂ (ciclo WLTP, casilla V.7 de la ficha técnica) según los tramos de la tabla superior: 0% hasta 120 g/km, 4,75% de 120 a 160, 9,75% de 160 a 200 y 14,75% por encima de 200 g/km, con incrementos en algunas comunidades para el tramo más alto. Por ejemplo, un coche con base imponible de 25.000 € y 150 g/km de CO₂ pagaría el 4,75%, es decir, 1.187,50 €.

Tengo un coche eléctrico (o con pocas emisiones). ¿Pago IEDMT?

No pagas cuota, pero sí tienes que presentar el impuesto. Los vehículos 100% eléctricos, los de hidrógeno y, en general, cualquier turismo con emisiones de hasta 120 g/km de CO₂ tributan al 0%. Eso significa que la cuota es cero, pero la matriculación no se puede completar sin haber presentado igualmente la declaración del impuesto ante Hacienda. Es un trámite frecuente que sorprende: aunque no pagues, el papeleo hay que hacerlo.

Si mi coche está exento, ¿tengo que hacer algún trámite igualmente?

Sí, casi siempre. La exención o el tipo 0% no eliminan la obligación de declarar. Según el caso se presenta el modelo 576 (autoliquidación general, incluso cuando sale a cero por emisiones) o el modelo 06 (declaración para los supuestos de no sujeción y exención que no necesitan reconocimiento previo). Sin ese documento, Tráfico no matriculará el vehículo.

¿Qué exenciones y reducciones existen?

Las más habituales son:

  • Vehículos para personas con discapacidad, matriculados a su nombre y para su uso exclusivo.
  • Taxis y vehículos de VTC destinados al servicio público de viajeros.
  • Autoescuelas, para vehículos destinados a la enseñanza de conductores.
  • Empresas de alquiler (rent a car), bajo ciertas condiciones.
  • Familias numerosas, con una reducción del 50% de la base imponible.
  • Autocaravanas y vehículos vivienda, con una reducción del 30% de la base imponible.

La mayoría de estas exenciones y reducciones exigen el reconocimiento previo de Hacienda mediante el modelo 05, que hay que solicitar antes de matricular. No se aplican automáticamente.

¿Cuánto se ahorra una familia numerosa?

La reducción es del 50% de la base imponible, no de la cuota directamente, pero el efecto es el mismo: pagas el impuesto sobre la mitad del valor. El vehículo debe tener entre 5 y 9 plazas (incluida la del conductor), matricularse a nombre del padre, de la madre o de ambos, y destinarse al uso exclusivo de la familia. Ojo a dos condiciones: tienen que haber pasado al menos cuatro años desde otra matriculación acogida a esta misma reducción (salvo siniestro total), y el coche no se puede transmitir durante los cuatro años siguientes a la matriculación sin perder el beneficio.

He comprado un coche de segunda mano en España. ¿Pago IEDMT?

No. El IEDMT solo se paga en la primera matriculación del vehículo en España. Cuando compras un coche usado que ya estaba matriculado aquí, ese impuesto se liquidó en su momento y no se vuelve a pagar. Lo que sí pagas en una compraventa de segunda mano entre particulares es el ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales), además de la tasa de cambio de titularidad de la DGT.

Me traigo un coche de otro país. ¿Tengo que pagar el impuesto de matriculación?

Sí. Cuando importas un vehículo —da igual si es de la Unión Europea o de fuera— y lo matriculas por primera vez en España, se devenga el IEDMT. Es uno de los costes que más sorprende a quien compra fuera pensando que se ahorra dinero, porque a la base imponible se le aplica el tipo según las emisiones igual que a un coche nuevo. Si el vehículo es usado, la base no es el precio que pagaste, sino su valor de mercado.

¿Cómo se calcula la base imponible de un vehículo usado importado?

Hacienda no se fija en lo que pagaste, sino en el valor de mercado del vehículo en el momento de matricularlo en España. Para ello publica cada año unas tablas oficiales de precios medios de venta por marca, modelo y antigüedad, y aplica un porcentaje de minoración según los años del coche: cuanto más antiguo, menor es el valor de partida. Sobre ese valor resultante se aplica el tipo correspondiente a las emisiones de CO₂. Por eso un coche viejo importado puede pagar bastante menos IEDMT que uno reciente del mismo modelo.

¿En qué plazo hay que pagarlo?

El impuesto se autoliquida y se paga antes de matricular definitivamente el vehículo en Tráfico: la DGT no completa la matriculación sin el justificante de haberlo presentado. En la práctica, el orden es: primero se liquida el IEDMT ante Hacienda, después se matricula. En la compra de un coche nuevo, todo esto lo gestiona el concesionario y tú no tocas el trámite; en una importación que llevas por tu cuenta, eres tú quien debe presentarlo en plazo.

¿Qué modelos se utilizan?

Depende del caso:

  • Modelo 576 — autoliquidación general del impuesto para turismos, incluso cuando la cuota sale a cero por emisiones.
  • Modelo 06 — declaración para los supuestos de no sujeción y exención que no requieren reconocimiento previo de Hacienda.
  • Modelo 05 — solicitud de reconocimiento previo, necesaria para exenciones y reducciones como las de familia numerosa, discapacidad, taxis o autoescuelas. Se presenta antes de matricular.

Cuando una gestoría lleva el trámite (lo normal en concesionario), te entregará el justificante una vez liquidado.

¿Cuál es la diferencia entre el IEDMT y el IVTM?

Se confunden mucho, pero son impuestos distintos. El IEDMT (matriculación) es estatal, se paga una sola vez al matricular el vehículo por primera vez y depende de las emisiones de CO₂. El IVTM (el llamado «impuesto de circulación») es municipal, se paga todos los años mientras el coche esté de alta y lo recauda el ayuntamiento según la potencia fiscal del vehículo. Uno es de pago único al estrenar el coche; el otro es una cuota anual recurrente.

¿Pagan IEDMT las motos, autocaravanas y embarcaciones?

Sí, aunque con reglas propias. Las motocicletas tributan también según sus emisiones de CO₂, con tramos específicos. Las autocaravanas y vehículos acondicionados como vivienda tienen una reducción del 30% de la base imponible. Y dentro de los medios de transporte distintos de los automóviles, están sujetas las embarcaciones de recreo de más de 8 metros de eslora y las aeronaves de uso privado, que tributan a tipos fijos propios.

Tuve una exención o reducción. ¿Puedo vender el coche cuando quiera?

No de inmediato. En las exenciones y reducciones sujetas a un destino concreto (familia numerosa, discapacidad, taxi, autoescuela…), el vehículo no se puede transmitir ni cambiar de uso durante los cuatro años siguientes a la matriculación. Si lo vendes antes, tienes que regularizar la situación y pagar el impuesto que en su día no abonaste. Es una condición que conviene tener clara antes de acogerse al beneficio.

¿Es deducible el IEDMT?

Para un particular, no: forma parte del coste de adquisición del vehículo, pero no se deduce en la declaración de la renta. Para empresas y autónomos que afecten el vehículo a su actividad económica, el impuesto se incorpora al valor de adquisición y se recupera vía amortización, con las limitaciones generales de deducibilidad que la normativa fiscal aplica a los vehículos.

¿Qué pasa si no lo pago?

Sencillamente, no podrás matricular el vehículo: la DGT exige el justificante del IEDMT (o de su exención) para completar la matriculación, así que sin él el coche no puede circular legalmente. Si se trata de un vehículo importado y se detecta que circula sin haberse matriculado ni liquidado el impuesto, Hacienda puede reclamar la cuota con recargos e intereses de demora, además de las sanciones de tráfico correspondientes. No es un trámite que se pueda dejar pendiente.